- ¿QUE ES LA CLASIFICACION DE EMPRESAS?
Se trata de un requisito imprescindible para poder contratar con cualquier Administración Pública (nacional, autonómica, local) como CONTRATISTA DEL ESTADO una obra o servicio de importe superior a los 120.202,42 €, con alguna pequeña excepción. Es un requisito obligatorio de carácter administrativo que no puede suplirse por cualquier forma de acreditación de dicha capacidad, cuando legalmente sea exigible estar clasificado como contratista del estado o, lo que es lo mismo, clasificada ante la Junta Consultiva
-¿QUIEN CONCEDE LA CLASIFICACION DE EMPRESAS?
La CLASIFICACION como CONTRATISTA DEL ESTADO es concedida por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, organismo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda . La certificación de estar clasificada como contratista del estado que expedirá la Junta Consultiva certificará dos cosas: que la empresa sobre la que se emite el certificado figura inscrita como EMPRESA CONTRATISTA de obras o de servicios en el Registro Oficial de Empresas Clasificadas y los grupos, subgrupos y la categoría sobre los que se clasifica. Luego, en función de la categoría de la clasificacion de la empresa contratista, se podrá optar a la adjudicación de obras o servicios de mayor o menor entidad como CONTRATISTA DEL ESTADO.
- ¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA CLASIFICACION?
Quien quiera clasificarse como contratista ante la Junta Consultiva debe tener capacidad para obligarse jurídicamente, es decir, plena capacidad de obrar.
En las empresas o personas jurídicas, la capacidad, que es el requisito de la personalidad jurídica, lo establecen las siguientes leyes específicas:
. Estar debidamente constituida e inscrita en el Registro Mercantil correspondiente.
. Que su objeto social contemple las actividades en las que pretenda clasificarse
. No incurrir en ninguna de las prohibiciones para contratar e incompatibilidades para contratar con las Administraciones Publicas que se establecen en el art 20 L.C.A.P.
.Encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria
.Estar dado de alta en el/los epígrafes del I.A.E. correspondientes a las actividades en que pretenda clasificarse.
Otro requisito indispensable para la Clasificacion es el disponer de los medios humanos, materiales y financieros necesarios para ejercer la actividad. Es decir, personal a disposición de la empresa para la realización de las obras o servicios. Además, para realizar las obras es necesario disponer de los medios materiales suficientes, que la empresa aspirante a la clasificacion debe tener a su plena disposición. No es indispensable que se tengan en propiedad todas las herramientas y máquinas, pero sí habrá de disponer de los más habituales o necesarios para las operaciones básicas de las mismas.
El último requisito se centra en la capacidad financiera, que viene determinada por los fondos propios de la empresa, o lo que es lo mismo, por el capital mas las reservas.
- ¿QUE VENTAJAS OBTIENE CLASIFICANDO SU EMPRESA?
En primer lugar supone una potencial ampliación de la cartera de clientes lo que conllevará el consecuente aumento de la cifra negocio, ademas de poder optar a concursos públicos, otorgando un valor añadido al potencial e imagen de la empresa al estar inscrita en el Registro Oficial de Empresas Clasificadas, ya sea de Obras o Servicios, lo que permite presentarse ante los potenciales clientes como una entidad mercantil con seriedad, profesionalidad, responsabilidad, solvencia, etc.
De esta forma, en muchas ocasiones en las operaciones societarias de compraventa, fusión o absorción de empresas, muchas de éstas se realizan teniendo en cuenta la clasificacion haya conseguido una de las empresas, pues esta clasificacion de empresas supone el acceso a nuevos contratos pudiendo diversificar productos o servicios.
- ¿ES IMPRESCINDIBLE HABER REALIZADO OBRA ANTERIORMENTE PARA PODER CLASIFICAR?
En un principio, no es imprescindible, ya que la empresa puede disponer de una capacidad técnica y humana que la habilite para obtener determinada categoría.
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